Publicado en el Boletín Oficial el 'Reglamento sobre el Ejercicio Profesional Independiente de los Profesionales de la Salud'
El "Reglamento sobre el Ejercicio Profesional Independiente de los Profesionales de la Salud", preparado por el Ministerio de Salud, ha sido publicado en el Boletín Oficial.
Según la información proporcionada por el Ministerio sobre el reglamento, preparado con el fin de contribuir a que los servicios de salud sean más generalizados, accesibles, eficaces y eficientes, los profesionales de la salud como logopedas, dietistas, parteras, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, enfermeros y funcionarios de salud equivalentes, psicólogos clínicos, audiólogos y podólogos podrán ejercer su profesión de forma independiente bajo la denominación de "unidad de servicios profesionales de salud", previa obtención de una licencia del Ministerio de Salud y dentro del marco de sus competencias profesionales.
De este modo, a las parteras, enfermeros y funcionarios de salud graduados en el departamento de salud pública, que ya podían ejercer su profesión de forma independiente en el marco de la "Circular sobre Cabinas de Salud", se han sumado ahora las parteras y los funcionarios de salud equivalentes a la enfermería.
Según el reglamento, solo podrán unirse hasta tres profesionales de la salud con el mismo título profesional para abrir una unidad conjunta de servicios profesionales de salud, y la licencia de dicha unidad se emitirá por separado para cada profesional de la salud.
Con la apertura de las nuevas unidades de servicios profesionales de salud, además de crearse oportunidades de empleo para dichas profesiones, surgirán también oportunidades laborales en áreas de apoyo como personal sanitario, secretariado y personal de limpieza. En una unidad de servicios profesionales de salud, junto a un fisioterapeuta podrá trabajar un técnico en fisioterapia; junto a un psicólogo clínico, un psicólogo; junto a un audiólogo, un técnico en audiometría; y junto a un terapeuta ocupacional, un técnico en terapia ocupacional.
NO SE PODRÁN REALIZAR PRÁCTICAS MÉDICAS FUERA DE LA COMPETENCIA
Con el reglamento, en las unidades de servicios profesionales de salud solo se podrán prestar servicios dentro del alcance de la competencia profesional, y los servicios se ofrecerán a pacientes diagnosticados por un médico, siguiendo un plan de tratamiento o receta. No se podrá realizar ninguna práctica médica, ni vender medicamentos, material médico, productos cosméticos o suplementos alimenticios fuera de la competencia autorizada.
Con la apertura de las unidades de servicios profesionales de salud, los servicios sanitarios no se limitarán únicamente a los hospitales, sino que se ampliarán a nivel comunitario y orientado al individuo, satisfaciendo las demandas de las personas que deseen recibir atención sanitaria de forma privada fuera de las instituciones públicas. Además, se pretende que estas nuevas unidades contribuyan a reducir la densidad en las instituciones sanitarias y los tiempos de espera de los pacientes en las ramas correspondientes.
De acuerdo con los estándares establecidos por el reglamento, cada unidad de servicios profesionales de salud contará con el equipamiento necesario, los servicios prestados quedarán registrados y los profesionales de la salud estarán obligados a informar a los pacientes y obtener su consentimiento antes de cada procedimiento.
Se protegerán los derechos de los pacientes y los mecanismos de solicitud, queja y sugerencia relacionados con el servicio serán claros y accesibles. En cada unidad de servicios profesionales de salud será obligatorio el uso de una aplicación de código QR integrado que contenga la mención "Centro de Comunicación del Ministerio de Salud de la República de Turquía (SABİM) ALO 184".
El letrero de la unidad de servicios profesionales de salud deberá incluir obligatoriamente la mención "unidad privada de servicios profesionales de salud". Estas unidades, autorizadas por el Ministerio de Salud, serán supervisables y rastreables. Los servicios profesionales de salud ofrecidos de forma privada serán inspeccionados por el Ministerio de Salud.
Para la supervisión de las indicaciones y prácticas médicas, se crearán comisiones de inspección compuestas por al menos tres personas, formadas por expertos de instituciones y organizaciones sanitarias dependientes del ministerio y de universidades. Estas comisiones evaluarán la conformidad de las prácticas con la legislación y examinarán regularmente las actividades de los profesionales de la salud.
Fuente de la noticia: AA
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