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Prohibición de licitación para 1 persona y 1 empresa por parte del Ministerio de Defensa Nacional

Las decisiones del Ministerio de Defensa Nacional (MSB) sobre la prohibición de participar en licitaciones fueron publicadas en el Boletín Oficial. El Ministerio prohibió a 1 empresa y a 1 persona participar en licitaciones por un período de 1 año.

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Prohibición de licitación para 1 persona y 1 empresa por parte del Ministerio de Defensa Nacional

El Ministerio prohibió a la empresa Serra Dar Dokuma Turizm Sanayi ve Ticaret Limited Şirketi, registrada en la Cámara de Comercio de Estambul, y a Hacer Anıkaydın, registrada en la Cámara de Electricistas y Electrónicos de Afyonkarahisar, participar en licitaciones por un período de 1 año.

Según lo informado por GazeteDuvar, se indicó que la decisión fue tomada en el marco de la Ley de Contratos de Licitación Pública N.º 4735.

En caso de que se produzca uno de los actos enumerados en el artículo 25 de la ley, titulado "Actos y comportamientos prohibidos", se puede prohibir a personas físicas y jurídicas participar en licitaciones. Las prohibiciones contempladas en la ley son las siguientes:

- Manipular o intentar manipular las transacciones relacionadas con el contrato mediante fraude, promesas, amenazas, uso de influencia, obtención de beneficios, acuerdos, extorsión, soborno u otros medios.

- Falsificar o utilizar documentos falsos, o intentar hacerlo.

- Utilizar materiales, herramientas o métodos fraudulentos durante la ejecución o entrega del trabajo objeto del contrato, o realizar una fabricación incompleta, defectuosa o contraria a las normas técnicas y artísticas.

- Causar daños a la administración durante el cumplimiento de sus obligaciones.

- Utilizar información y experiencia en perjuicio de la administración o actuar en contra de las disposiciones del artículo 29 (Prohibición de divulgación de información y documentos).

- No cumplir con sus obligaciones de acuerdo con las disposiciones del documento de licitación y del contrato, salvo por causas de fuerza mayor.

- Transferir o recibir la transferencia del contrato en contravención de las disposiciones legales.


Fuente de la noticia: 12punto

licitación Cámara de Comercio de Estambul