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El nuevo paquete judicial vio a la víctima, pero no vio al ser humano

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Con el 11.º Paquete Judicial, llega un nuevo enfoque a los casos de fraude. Escribí el 5 de julio de 2025: ''El delito de permitir el uso/alquiler de una cuenta bancaria'' (ver https://12punto.com.tr/yazarlar/cenk-ozdag/banka-hesabini-kullandirmakiralama-sucu-92323

Dije lo siguiente: 

''Los casos de fraude han alcanzado dimensiones aterradoras. Es casi imposible calcular el número real de víctimas de este delito. La gente está siendo estafada. Los ciudadanos están aterrorizados por el miedo a ser víctimas de fraude. Existen muchos tipos de fraude, desde los más simples hasta los más sofisticados. 

Independientemente de la variedad, en la mayoría de los casos de fraude que encontramos, la víctima transfiere dinero al IBAN de una tercera persona. El titular de este IBAN no tiene conocimiento del acto de fraude o es imposible probar que lo tenía. Por lo tanto, no se puede llegar a los verdaderos autores. La persona que permitió el uso de su IBAN y la víctima se enfrentan. Justo en este punto, es posible solicitar la devolución del dinero a través de la vía civil alegando enriquecimiento injusto o sin causa. Sin embargo, como las personas a las que se les alquila el IBAN no suelen tener activos en sus cuentas, la víctima también regresa con las manos vacías''.

Pregunté qué se debía hacer. Mi respuesta fue: ''En primer lugar, se debe establecer un delito y una pena específicos para el uso de cuentas bancarias por terceros. Como es sabido, debido al principio de legalidad en materia penal, no se pueden realizar investigaciones ni procesamientos contra los ciudadanos, ni se puede ejecutar ninguna pena, basándose en delitos o penas no regulados por la ley''. 

Parece que la razón ha prevalecido en este aspecto. Se avecina una nueva regulación: ''Según la propuesta, entregar a otros instrumentos de pago o información de cuenta se regulará como un delito independiente en el Código Penal Turco (TCK). Aquellos que entreguen a otros instrumentos de pago, como tarjetas bancarias o de crédito, o información o herramientas obligatorias que permitan el uso de cuentas en proveedores de servicios de pago o proveedores de servicios de criptoactivos, con el fin de obtener un beneficio injusto para sí mismos o para otros, serán castigados con penas de prisión de 1 a 3 años, siempre que el acto no constituya otro delito que requiera una pena más grave''. (https://www.aa.com.tr/tr/gundem/haksiz-menfaat-icin-hesap-bilgilerini-baskalarina-vermek-suc-sayilacak/3706383) 

Mientras se da un buen paso que alegrará a las víctimas de fraude, también llega una práctica que aplasta al ser humano, que aplasta su existencia, su identidad y su personalidad: se prevé una pena de prisión de 1 a 3 años para las personas que "adopten actitudes y comportamientos contrarios al sexo biológico innato y a la moral general, o que fomenten, elogien o inciten públicamente a hacerlo". 

Expresiones como "fomentar", "elogiar" o "incitar" a este tipo de comportamientos son términos abiertos a violar el principio de legalidad en materia penal y el principio de proporcionalidad. Por ejemplo, ¿no podría interpretarse que alguien que no se comporta de acuerdo con su sexo biológico "innato" está elogiando o fomentando tales actitudes y comportamientos con su propia existencia? Si conocemos a mi país, a los ejecutores, a los informantes y a los denunciantes, es seguro que se interpretará así. Entonces, ¿cuál es el objetivo? ¿Pelearse con la biología y el género? 

¿Después de tanto trabajo febril, esto es lo único que ha salido? ¿Vamos a garantizar la confianza en la justicia en Turquía golpeando a un chivo expiatorio mañana y noche? Que Dios nos dé cordura.