El pasado 10 de noviembre durante la ceremonia de conmemoración de Atatürk en la Escuela de Infantería de Tuzla, tras los incidentes ocurridos cuando un teniente no se colocó la fotografía de Atatürk en la solapa, los tenientes cuya expulsión de las Fuerzas Armadas Turcas (TSK) fue decidida han comenzado a recurrir al Tribunal Administrativo para solicitar la anulación de dicha decisión. En la solicitud, se subraya que el motivo alegado para la expulsión, “dañar la atmósfera militar”, no figura en ninguna ley, y se señala además que se han ocultado los nombres de los miembros del Alto Consejo Disciplinario del Comando de las Fuerzas Terrestres que decidieron la expulsión por unanimidad.
Además del teniente que no se colocó la fotografía de Atatürk en la solapa durante la ceremonia de conmemoración del 10 de noviembre y que se alega que es “sectario”, así como de los dos tenientes que lo apoyaron, otros cuatro tenientes que reaccionaron ante ellos La decisión del Consejo Superior de Disciplina (YDK) del Comando de las Fuerzas Terrestres, con la aprobación del Ministro de Defensa Nacional Yaşar Güler, había sido expulsado de las Fuerzas Armadas Turcas (TSK).
Tras la notificación de la decisión a las partes, los 11 abogados de Ö.S., uno de los cuatro tenientes, presentaron una solicitud ante el Tribunal Administrativo de Estambul para detener y anular la expulsión.
“SE CREÓ LA PERCEPCIÓN DE QUE SE TOLERAN LAS COFRADÍAS EN LAS TSK”
En la solicitud, que hace numerosas referencias a las decisiones del Tribunal Constitucional, el TEDH, el Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo Militar Superior sobre investigaciones administrativas similares, se destacaron los siguientes puntos principales:
- Los documentos y pruebas preparados en el marco de la investigación disciplinaria no fueron entregados antes de la reunión del YDK; solo se nos indicó que podíamos examinar el expediente. De este modo, se restringió nuestro derecho a la defensa oral y escrita en la reunión del YDK al impedirnos el acceso a las pruebas.
- Quien ordenó la investigación disciplinaria El comandante del EDOK, el teniente general Zorlu Topaloğlu, y el comandante de las Fuerzas Terrestres, al expresar su opinión a favor de la propuesta de “imponer la sanción de separación de las TSK”, manifestaron un prejuicio previo. Tras la adhesión del comandante de las Fuerzas Terrestres a la propuesta de sanción, resulta imposible en la jerarquía militar que los primeros superiores disciplinarios tomen una decisión mediante una evaluación independiente, imparcial y objetiva. De hecho, el Comando General de la Gendarmería, cuyos casos son constantemente anulados en la justicia administrativa debido a prácticas similares, ha optado por no incluir la sección de “opinión del comandante” en sus informes de investigación disciplinaria.
- En la sanción impuesta, no se especificó qué acción del cliente obstaculizó qué servicio militar (entrenamiento, deportes, mantenimiento, inteligencia, ceremonias, etc.), utilizando un concepto que no tiene base en ninguna ley: “dañar la atmósfera militar” se ha utilizado un término como este.
- La expulsión del cliente de las Fuerzas Armadas Turcas (TSK), al ser puesto en el mismo saco que tres tenientes de los que no hay duda de que se oponen al orden constitucional actual y no están comprometidos con los principios y reformas de Atatürk, ha sido recibida con gran indignación por la opinión pública, ha provocado la percepción de que se toleran las estructuras de sectas dentro de las TSK y ha causado una gran decepción entre el personal militar.
- El cliente, de quien se determinó que no estuvo involucrado en los hechos, fue incluido en el expediente solo por un mensaje compartido en WhatsApp, sin que se tomara una decisión de investigación adicional, y se decidió su expulsión. Los mensajes de WhatsApp también fueron obtenidos sin una orden judicial, por lo que constituyen pruebas obtenidas ilegalmente.
“COMETIÓ UN DELITO POR EL QUE FUE EXPULSADO DEL EJÉRCITO”
En la solicitud, “es una obligación legal que la decisión de expulsión, que tendrá un resultado irreparable como privar a una persona de su fuente básica de sustento, se base en pruebas concretas y no en razonamientos abstractos o suposiciones” mientras se señalaba lo siguiente, se realizaron las siguientes evaluaciones:
“El cliente, que se encontraba en preparativos de boda, había contraído muchas deudas para el enlace, pero debido a que no pudo recibir su salario, se encontró en una situación en la que no podía pagar sus deudas. Además de esto, el problema de explicar esta situación a su familia y allegados ha hecho su vida insoportable. Las personas de su entorno, al no conocer los detalles del incidente, lo tratan como a un criminal y él es testigo de comentarios como: ‘Debe haber cometido un delito para haber sido expulsado del ejército’. Además, si no se dicta una medida cautelar, incluso si la decisión de expulsión fuera anulada al final del juicio, el cliente perderá el curso y comenzará a trabajar un año después que sus compañeros. Esto tendrá consecuencias perjudiciales para la estructura de mando de la profesión militar, donde el rango y la antigüedad son fundamentales”.
DOCUMENTO OFICIAL SIN NOMBRE Y SIN FIRMA
Pasemos a la parte más interesante de la solicitud presentada ante el Tribunal Administrativo.
Se subrayó que en la decisión del Consejo Superior de Disciplina (YDK) notificada a los tenientes y a sus abogados no figuraban los nombres ni las firmas del presidente y de los miembros, y se realizaron las siguientes observaciones:
“De acuerdo con las disposiciones del Reglamento sobre los Procedimientos y Principios a Aplicar en la Correspondencia Oficial, un documento oficial debe contener obligatoriamente los nombres y firmas de quienes lo redactan y aprueban. No hay duda de que la decisión del YDK es un documento oficial. La ausencia de nombres y firmas también impide la supervisión del elemento de autoridad del proceso”.
A continuación, en relación con las situaciones en las que los nombres en los documentos oficiales podrían no ser escritos, en las leyes de Lucha contra el Contrabando, Lucha contra el Terrorismo, Protección de Testigos y la ley del MİT explicando las regulaciones especiales implementadas, “La forma en que se puede ocultar la identidad de cualquier funcionario público está regulada personalmente en las leyes. No existe ninguna base legal ni propósito legítimo para ocultar las identidades del presidente y los miembros del Alto Consejo Disciplinario”. se declaró, y se solicitó que se requiriera a las Fuerzas Armadas Turcas (TSK) una copia firmada y con nombres de la decisión del Alto Consejo Disciplinario (YDK).
LA PARTICULARIDAD DE DOS MIEMBROS
De hecho, ¿cuál podría ser la razón para ocultar los nombres de quienes tomaron la decisión? ¿Acaso se temían posibles reacciones?
Recordemos aquí un artículo que escribimos después de la expulsión de los tenientes. Señalamos que lo que más nos sorprendió al enterarnos de que la decisión fue tomada por unanimidad fue lo siguiente:
“En el consejo hay dos nombres que fueron víctimas de la trama de Balyoz y estuvieron años en prisión. Ellos deberían ser quienes mejor conozcan el peligro que representan las estructuras de sectas y comunidades dentro de las TSK, ¿verdad? Seguramente lo saben. Entonces, ¿no se esperaría al menos que ellos se opusieran a esta decisión de expulsión? ¡Parece que la 'orden' viene de muy arriba!...”
Sí, en el caso de los tenientes, la pelota está ahora en el tejado del poder judicial. ¡Veamos qué presenciaremos en este proceso!..
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