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Boletín Oficial / 10-16 de noviembre de 2025

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Con la modificación realizada en el Reglamento de Licencias de Servicios de Salud, ahora será necesario obtener una licencia del Ministerio para abrir un centro de salud privado. El Ministerio de Salud anunciará cada año cuántas licencias se otorgarán en cada provincia. Es decir, ya no será posible abrir un hospital en cualquier lugar que se desee. Las licencias se otorgarán mediante subasta y no podrán ser transferidas. El Ministerio anunciará la licitación con al menos 10 días hábiles de antelación y los ganadores deberán pagar el costo de la licencia dentro de los 10 días hábiles siguientes; de lo contrario, no se devolverá la garantía depositada al participar en la licitación. Las licencias obtenidas en la subasta tendrán carácter de preaprobación. Los procesos de permiso de operación y licencia se gestionarán por separado. Si bien la limitación de la apertura de centros de salud privados y la prevención del comercio de licencias mediante este cambio normativo son aspectos positivos, las condiciones restrictivas, como el corto plazo de 10 días hábiles para prepararse para la licitación, depositar la garantía y pagar el costo de la licencia en caso de ganar, no parecen realistas ni justas. Solo los grandes propietarios de capital que conocen bien los procesos burocráticos y que ya operan en el sector salud pueden cumplir con estos requisitos. Bajo estas condiciones tan estrictas, esperar que los médicos se unan para obtener una licencia hospitalaria es una quimera. Además, el reglamento obstaculiza de facto a los pequeños o nuevos inversores que desean invertir en el sector salud. En las últimas semanas también se realizaron cambios normativos que endurecieron las condiciones de los centros de salud e impusieron obligaciones adicionales. Parece que en pocos años los grandes capitalistas del sector salud quedarán completamente sin competencia. 

También se realizaron cambios en el Reglamento de Promoción e Información en Servicios de Salud. Al igual que en la profesión de abogado, se ha impuesto una prohibición de publicidad en los servicios de salud. Cualquier tipo de contenido relacionado con la salud ahora solo podrá limitarse a la información. Se ha prohibido la promoción e información que destaque al centro promocionado en detrimento de otros centros. Tampoco se podrá realizar la derivación a centros de salud o profesionales de la salud en servicios como asistencia médica, tratamientos o chequeos. Se ha prohibido cualquier tipo de orientación hacia tratamientos alternativos, salvo aquellos métodos de tratamiento cuya veracidad esté científica y clínicamente probada. En las promociones y publicaciones, no se podrán utilizar títulos de especialidad supuestos obtenidos mediante certificados u otras formaciones, fuera de las especialidades principales o secundarias. No se podrán realizar publicaciones que tengan carácter publicitario basadas en expresiones de agradecimiento o satisfacción de pacientes o sus familiares hacia médicos o instituciones de salud. Dentro de las actividades de promoción e información, no podrán incluirse expresiones que impliquen sorteos, regalos, descuentos, campañas o promociones, incluido el precio. No se podrá realizar publicidad que afirme que el dispositivo o producto utilizado, o el servicio prestado, es diferente o mejor que el de otros centros de salud.  Para utilizar la imagen de un paciente, será necesario obtener su consentimiento explícito y por escrito, y el paciente podrá solicitar en cualquier momento la eliminación de dichas publicaciones. Estas publicaciones deberán compartirse sin ninguna alteración, las imágenes de antes/después deberán utilizarse en el mismo entorno y deberá indicarse la fecha del procedimiento. Las promociones realizadas a través de Internet no permitirán comentarios,

Los centros de salud y agencias intermediarias que ofrecen turismo de salud internacional y poseen el certificado de autorización otorgado por el Ministerio de Salud, excepcionalmente bajo el Reglamento sobre Turismo de Salud Internacional y Salud del Turista, podrán realizar actividades de promoción e información patrocinadas en idiomas distintos al turco, siempre que cuenten con una plataforma de redes sociales o sitio web separado dirigido al extranjero; sin embargo, no podrán realizar actividades de promoción dirigidas a personas que viven en Turquía, debiendo ser el público objetivo únicamente usuarios en el extranjero. Las instituciones dentro de este alcance, bajo la condición de obtener el consentimiento explícito y por escrito del paciente, podrán incluir comentarios de pacientes o expresiones de agradecimiento, y podrán realizar anuncios de descuentos, campañas y precios competitivos. 

A los médicos/dentistas que infrinjan la normativa y no ejerzan su profesión de forma independiente, además de imponerles multas administrativas, se les notificará a las instituciones y colegios profesionales a los que pertenecen para que inicien una investigación disciplinaria.

Mediante una Decisión Presidencial, la tasa de recargo por mora aplicada en caso de impago de deudas públicas dentro del plazo se redujo del 4,5% al 3,7% mensual, y la tasa de interés por aplazamiento aplicada en el fraccionamiento de deudas públicas se redujo del 48% al 39% anual.