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Huellas del derecho penal represivo: la "Ley de Censura"

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El Tribunal Constitucional (AYM), en su decisión publicada en el Boletín Oficial, ha publicado silenciosamente los fundamentos de su fallo sobre la constitucionalidad del artículo 217/A del Código Penal turco, conocido popularmente como la ley de censura, que tipifica el delito de "difusión pública de información engañosa para la población". En la decisión, adoptada por mayoría de votos, un total de seis miembros, incluido el presidente del Tribunal Constitucional, Zühtü Arslan, votaron en contra. En su voto particular, el presidente Arslan enfatizó que el uso de esta ley representa un grave peligro para la libertad de expresión, utilizando la frase: "a lo largo de la historia, la gran justificación de quienes reprimen el pensamiento ha sido la verdad".

Como señaló el presidente Arslan en su voto particular, si se quiere hablar de un orden social democrático, este requiere que las palabras que resultan incómodas o que no se consideran correctas para una parte de la sociedad también estén protegidas en virtud de la libertad de expresión. De lo contrario, los escenarios que se producirán son evidentes. Podría dar lugar a que se impida la difusión y el intercambio en la sociedad de información que no gusta o resulta molesta a un sector, bajo el pretexto de que es contraria a la verdad.

En este caso, es lamentable tener que señalar que el concepto de "orden social democrático", recogido en el artículo 13 de la Constitución, seguirá perdiendo su significado día tras día. Reprimir a quienes no piensan igual bajo la pretensión de "realidad" o "veracidad" es la mayor consecuencia de la politización del poder judicial.

Como es sabido, el poder judicial posee una estructura apta para ser utilizada como una herramienta extremadamente eficaz en la intervención de problemas sociales y en la determinación del destino de los conflictos políticos. Por esta razón, los poderes políticos siempre han estado muy dispuestos a utilizar el poder judicial para sus propios objetivos o cálculos.

Precisamente, cuando el poder judicial se convierte en una herramienta y se aleja de su objetivo principal, la justicia, para politizarse, se producen graves distorsiones en el sistema judicial. Es decir, un poder judicial politizado significa que la justicia se utiliza con fines de presión política y purga.

Este problema es más visible en el ámbito del derecho penal. Porque cuando el derecho penal se instrumentaliza y se impone una concepción represiva del mismo, resulta más fácil seleccionar como objetivo a los sectores de la oposición o a las organizaciones de la sociedad civil en la sociedad y reprimirlos.

Precisamente, con la incorporación del delito de "difusión pública de información engañosa para la población" al artículo 217/A del Código Penal turco, que el gobierno llama "regulación de lucha contra la desinformación" y la oposición denomina "ley de censura", una parte de la sociedad podrá ser convertida en objetivo y reprimida mediante esta concepción represiva del derecho penal.

En otras palabras, el AYM ha decidido, mediante una resolución política, que una disposición que es claramente contraria a los principios del derecho penal y que, desde el momento en que entró en vigor, se ha utilizado directamente para reprimir la libertad de expresión, es conforme a la Constitución.

No puede haber una situación más peligrosa en un país que el hecho de que las instituciones judiciales tomen decisiones no de acuerdo con los principios generales del derecho y las costumbres jurídicas, sino de acuerdo con las opiniones de la opinión pública, las referencias políticas, las sensibilidades y sugerencias de los políticos, las tendencias políticas, o la satisfacción o las objeciones de los gobernantes. Porque esto significa que en ese país no hay seguridad jurídica, que no se puede garantizar la seguridad jurídica. Si no hay seguridad jurídica, si la justicia no puede garantizarse mediante el derecho, nada irá bien en ese país. En este sentido, si desea entender qué tipo de Estado es un Estado, bastará con mirar el texto de las normas jurídicas vigentes en ese Estado y su forma de aplicación.

La última decisión del AYM es una prueba clara de que el gobierno en Turquía ha establecido una tutela sobre el poder judicial. En este momento, incluso para el autor de estas líneas, no sería extraño ser detenido por el delito de "difusión pública de información engañosa para la población" contenido en el artículo 217/A del Código Penal. Esta ley ha abierto el camino a tal arbitrariedad. Nadie debería dudar de que, en el próximo periodo, este artículo de la ley volverá a caer sobre la cabeza de los opositores como un garrote.