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Justicia para Soma

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Han pasado 10 años desde la tragedia minera de Soma, en la que 301 mineros perdieron la vida por intoxicación con monóxido de carbono. Ninguno de los acusados en el juicio relacionado con esta tragedia, que se veía venir, se encuentra bajo custodia.

En el décimo aniversario de la catástrofe, los funcionarios públicos comenzaron a ser juzgados por primera vez. La primera audiencia del caso, en el que se juzga a 28 funcionarios públicos, se celebró el 8 de mayo. En la audiencia, a la que asistieron los acusados, representantes de los colegios de abogados, abogados y las familias de los fallecidos en la tragedia, los familiares de los mineros declararon que no han encontrado justicia en 10 años y expresaron su deseo de intervenir en el caso.

El presidente del Colegio de Abogados de Manisa, el abogado Ümit Rona, afirmó en su declaración: “Esto no es un simple accidente laboral, no es un accidente de trabajo, es una gran masacre. Tenemos una responsabilidad moral e histórica. Como presidencia del Colegio de Abogados de Manisa, con el poder que nos otorga el artículo 76 de la Ley de Abogacía, dado que la ley asigna a los colegios de abogados la tarea de proteger y defender los derechos humanos, así como de defender y proteger el estado de derecho, queremos ser parte de este caso. Las solicitudes de participación de las familias, que son los allegados de quienes perdieron la vida en la masacre, también deben ser aceptadas”. El caso, en el que se rechazaron las solicitudes de intervención del Colegio de Abogados de Manisa, el Colegio de Abogados de Esmirna y el Sindicato Independiente de Mineros (Bağımsız Maden-İş), fue aplazado hasta el 12 de septiembre de 2024.

El Colegio de Abogados de Estambul también emitió una declaración escrita planteando la pregunta: “¿Por qué se esperaron 10 años para obtener el permiso de investigación en Soma?” y señaló que “el hecho de que el juicio a los 28 funcionarios públicos haya comenzado recién en el décimo aniversario de la tragedia minera es una violación más del principio de un juicio justo”.

Llaman la atención las conclusiones de la declaración, que incluyen las siguientes afirmaciones: “A pesar de que los informes periciales indicaron que ‘las instituciones autorizadas y encargadas de la inspección ignoraron y pasaron por alto cuestiones contrarias a la legislación y a las técnicas mineras’, ambos ministerios no otorgaron permisos de investigación contra estos funcionarios públicos durante años”.

La declaración continúa diciendo: “El camino para juzgar a los funcionarios públicos solo pudo abrirse tras la decisión del Tribunal Constitucional (AYM) del 29 de enero de 2020, que determinó que se había ‘violado el derecho a la vida’, a raíz de la solicitud individual presentada por los familiares de los mineros fallecidos en esta tragedia como último recurso para que los funcionarios públicos con negligencias y faltas pudieran ser juzgados”. Y añade: “El hecho de que el juicio a los 28 funcionarios públicos, incluidos los inspectores de trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Ministerio de Energía y Recursos Naturales, cuyas diversas responsabilidades en el mayor accidente laboral de nuestro país fueron determinadas por informes periciales, haya comenzado recién en el décimo aniversario de la tragedia minera es una violación más del principio de un juicio justo. ¿Por qué se esperaron 10 años para el permiso de investigación? En la acusación, que pudo prepararse en aproximadamente 3 años contra estos 28 funcionarios públicos que tuvieron negligencia y culpa en el accidente, a los sospechosos solo se les imputó el delito de ‘abuso de funciones’”.

El Colegio de Abogados también enumera las deficiencias que observa y exige que los responsables sean castigados por causar la muerte con imprudencia consciente o dolo eventual.

“También es una deficiencia que la fiscalía no haya solicitado que los funcionarios públicos, que tienen diversos grados de culpa y responsabilidad en este suceso que causó la muerte de 301 mineros y heridas a 162, sean castigados por ‘causar la muerte de 301 personas y heridas a 162 por imprudencia consciente’ o por ‘causar la muerte con dolo eventual’. Aunque el Tribunal Penal de Primera Instancia N.º 2 de Soma, que juzgará a los 28 funcionarios públicos, no puede devolver la acusación debido a la calificación jurídica del delito según el artículo 174/2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (CMK), las deficiencias de la investigación incompleta y superficial realizadas en la acusación ‘a pesar de los 10 años’ deben subsanarse debido a la posibilidad de que la naturaleza y el carácter del delito cambien en las etapas posteriores del juicio. Seguiremos haciendo seguimiento del proceso”.

El 13 de mayo de 2014 pasó a la historia no solo como uno de los días más oscuros de nuestro país, sino de toda la historia de la humanidad. Perdimos 301 vidas en las condiciones más brutales, en una mina donde la vida humana era más barata que cualquier otra cosa. Negligencias, faltas, cosas ignoradas… El dolor sigue fresco…

Hoy, como desde hace 10 años en Soma, la demanda más fundamental es: ¡Justicia!

Las familias y los trabajadores quieren que no vuelvan a ocurrir casos como el de Soma, que los responsables rindan cuentas ante la ley, que se ponga fin al infierno de la subcontratación y a la codicia por los beneficios que desprecia la vida humana, y que se garantice un entorno donde el ser humano viva y trabaje dignamente.

Piden justicia para Soma…