Se anuncian los subsidios para la acuicultura
El Boletín Oficial publicó los subsidios que el Ministerio de Agricultura y Bosques otorgará a los acuicultores para el período 2024-2026
El "Comunicado sobre el Subsidio a la Acuicultura", preparado por el Ministerio de Agricultura y Bosques, ha sido publicado en el Boletín Oficial y entró en vigor con efecto a partir del 1 de enero de 2024.
Con este comunicado, se han determinado los procedimientos y principios relativos a los pagos de subsidios a la acuicultura que se realizarán en 2024, 2025 y 2026 a los productores que posean un certificado de acuicultura aprobado por el Ministerio y que estén registrados en el Sistema de Información de Acuicultura (SUBİS).
De acuerdo con esto, los subsidios se otorgarán a quienes realicen la cría de productos acuáticos como trucha, carpa, mejillones y, dentro del alcance de las nuevas especies, esturión, rodaballo, dentón, pargo, dentón común, mero, sargo picudo, corvina, escorpena, sargo, sargo mojarra, corvina, serviola, pargo, siluro, barbo, bagre, anguila, tilapia, cangrejo de río, camarón, sanguijuela medicinal, trucha del Mar Negro y trucha asalmonada.
Se otorgará el subsidio determinado en la resolución a los productores que posean un certificado de acuicultura, que realicen la cría intensiva de las especies especificadas y a los productores de mejillones.
También se otorgará un subsidio equivalente al precio unitario básico a los productores que realicen una cría a pequeña escala en estanques de tierra, principalmente para el consumo interno, utilizando agua subterránea extraída con energía eléctrica o agua de manantial sin necesidad de energía.
A las empresas que cumplan con las condiciones de subsidio y posean criterios técnicos, como tener una capacidad de proyecto de 50 toneladas anuales o menos, ser miembros de asociaciones de productores, ser miembros de organizaciones agrícolas de primer grado y realizar producción en circuito cerrado, se les proporcionará un subsidio adicional por cada criterio técnico, además del monto del subsidio básico.
EL MONTO DEL SUBSIDIO SE ENTREGARÁ DIRECTAMENTE
Los productores que deseen beneficiarse del subsidio deberán solicitarlo ante la dirección provincial/distrital donde se encuentre la instalación de acuicultura para el tipo de subsidio al que deseen acceder.
A los productores organizados que se beneficien de los subsidios incluidos en dicho comunicado, el monto del subsidio se les pagará directamente, siempre que sean miembros de las uniones centrales.
Las instituciones y organizaciones públicas no podrán beneficiarse de estos subsidios.
El financiamiento necesario para los pagos de subsidios se cubrirá con el presupuesto de subsidios agrícolas del Ministerio, en el marco de los principios especificados en la "Decisión sobre los Subsidios Ganaderos a Realizar en los Años 2024-2026". Los pagos se realizarán en las cuentas abiertas o que se abrirán a nombre de los productores en las sucursales bancarias correspondientes.
Dado que los pagos de subsidios bajo esta decisión son recursos públicos, no se podrán realizar embargos, ejecuciones, cesiones ni transacciones similares antes de que se transfieran a la cuenta del beneficiario.
1,50 TL DE SUBSIDIO PARA LA CRÍA EN ESTANQUES DE TIERRA
Por otro lado, según la información obtenida por el corresponsal de la AA del Ministerio, con el comunicado simplificado, se otorgarán subsidios a las empresas que posean un certificado de acuicultura aprobado por el Ministerio y que realicen actividades de acuicultura, según las especies que produzcan y el método de producción.
En este contexto, se realizará un pago de subsidio básico por kilo de 1,20 liras para la cría de trucha y carpa, 3 liras para la cría de nuevas especies, 1,50 liras para la cría de peces en estanques de tierra y 1 lira para la cría de mejillones.
Además, los acuicultores con una capacidad de proyecto anual de 50 toneladas o menos podrán recibir un pago de subsidio adicional que varía entre 0,60 y 0,99 liras; aquellos que realicen producción en circuito cerrado, entre 2,40 y 6 liras; los miembros de asociaciones de productores, entre 0,04 y 0,12 liras; y aquellos con membresía en organizaciones agrícolas de primer grado, entre 0,02 y 0,06 liras.
Fuente de la noticia: AA
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