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Decisión destacada del Tribunal de Casación en un caso de divorcio: Un marido que menospreciaba la comida de su esposa es considerado gravemente culpable

La 2ª Sala de Derecho Civil del Tribunal de Casación dictaminó que el marido que menospreciaba el esfuerzo de su esposa y no cubría las necesidades de la cocina es gravemente culpable.

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Decisión destacada del Tribunal de Casación en un caso de divorcio: Un marido que menospreciaba la comida de su esposa es considerado gravemente culpable

La 2ª Sala de Derecho Civil del Tribunal de Casación ratificó una sentencia que considera gravemente culpable a un marido que menospreciaba constantemente la comida preparada por su esposa, la insultaba y no cubría adecuadamente las necesidades de la cocina, en un caso de divorcio donde se alegaban insultos mutuos.

La pareja, que sufría de graves desavenencias, presentó una demanda de divorcio mutua ante el Tribunal de Familia. El marido demandante alegó que su esposa le decía palabras como "viejo", "senil", "basura" y "lárgate", que no le daba de comer y que cerraba el refrigerador con llave. El hombre también solicitó la custodia del hijo en común y una indemnización por daños materiales y morales.

Por su parte, la mujer declaró que su marido la menospreciaba a ella y a los hijos de su matrimonio anterior. La mujer, al defender que su marido criticaba constantemente la comida que ella preparaba, afirmó que el hombre utilizaba expresiones como "tu comida es horrible", "tu comida es venenosa", "eres una ignorante", "qué vas a saber tú", "ladrona" y "desvergonzada".

El Tribunal de Familia aceptó que las partes se habían insultado mutuamente. Sin embargo, el tribunal decidió que el marido era más culpable que la mujer, basándose en que, además de menospreciar verbalmente a su esposa, no cubría suficientemente las compras de la cocina y tenía comportamientos que denigraban el esfuerzo de su pareja.

El tribunal dictaminó el divorcio de las partes, otorgó la custodia del hijo en común al padre y estableció una pensión alimenticia mensual a favor de la mujer. Además, se ordenó al hombre pagar 20 mil TL por daños materiales y 15 mil TL por daños morales a la mujer.

Tras la apelación del marido y su posterior recurso de casación, el expediente llegó a la 2ª Sala de Derecho Civil del Tribunal de Casación. La Sala ratificó la decisión al considerar que las evaluaciones del tribunal local y del Tribunal Regional de Justicia eran conformes a derecho.

En la decisión, se subrayó que las expresiones denigrantes hacia el cónyuge dentro de la unión matrimonial y el incumplimiento de las responsabilidades básicas en el hogar pueden ser tomadas en cuenta en la evaluación de la culpabilidad. De este modo, se estableció que las palabras y comportamientos que menosprecian el esfuerzo del cónyuge son un elemento importante en la determinación de la culpabilidad en los casos de divorcio.


Fuente de la noticia: 12punto

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