Sentencia judicial sienta precedente: Malas noticias para una mujer que llamó gordo a su marido
En un caso de divorcio en Ankara, el tribunal dictaminó que la mujer era culpable por utilizar expresiones humillantes hacia su marido debido a su peso, por imponerle programas de dieta y ejercicio, y por evitar la intimidad sexual, condenándola a pagar 5.000 liras turcas en concepto de indemnización por daños morales.
Una mujer, considerada culpable de utilizar expresiones humillantes hacia su marido por su sobrepeso, fue condenada por el tribunal que lleva su caso de divorcio a pagar 5.000 liras en concepto de indemnización por daños morales.
M.S.A., un marido residente en Ankara, presentó una demanda de divorcio contra su esposa, V.A., en 2019 a través de su abogado, Aykut Özdemir. En la demanda, el demandante M.S.A. alegó que su esposa le infligía "violencia emocional", utilizando su peso como pretexto, y que esto derivó además en una falta de deseo sexual.
SOLICITUD DE 30.000 LIRAS POR DAÑOS MATERIALES Y MORALES
El marido, quien argumentó que su esposa no se ocupaba de las tareas domésticas y dejaba toda la carga financiera del hogar sobre él a pesar de que ambos recibían el mismo salario, solicitó además del divorcio una indemnización de 30.000 liras por daños materiales y otras 30.000 por daños morales.
CONTRADEMANDA DE LA MUJER: SOLICITÓ 70.000 LIRAS POR DAÑOS MATERIALES Y 100.000 POR DAÑOS MORALES
En el mismo periodo, la mujer presentó una "contrademanda" contra M.S.A. Afirmando que se casó conociendo las características físicas de su marido y negando que existieran humillaciones, violencia emocional o falta de contribución a los gastos del hogar, la mujer relató que su marido había solicitado préstamos sin su conocimiento, que ella se vio obligada a pagar esa deuda y que su tranquilidad se vio perturbada bajo la amenaza de embargo.
La mujer señaló que su marido le decía frecuentemente que no la amaba y solicitó 70.000 liras por daños materiales y 100.000 liras por daños morales.
EL TRIBUNAL FALLÓ EN CONTRA DE LA MUJER
El 7.º Tribunal de Familia de Ankara decretó el divorcio de las partes y falló en contra de la mujer.
En la sentencia motivada del tribunal, se indicó que, según las pruebas recabadas y los testimonios durante el juicio, la mujer era culpable por utilizar expresiones humillantes hacia su marido debido a su peso, por imponerle programas de dieta y ejercicio, y por evitar la intimidad sexual.
En la sentencia motivada, respecto a las deudas contraídas por el marido sin conocimiento de la mujer, se evaluó que: "Se ha llegado a la conclusión de que, dado que el testigo de la mujer indicó en una conversación con las partes que ella estaba al tanto de la situación y que posteriormente las partes continuaron viviendo juntas, la mujer perdonó esta falta o, al menos, la aceptó con tolerancia".
En la sentencia, donde se informó que no existían pruebas concretas ni testimonios que respaldaran las alegaciones de la mujer sobre haber sufrido violencia por parte de su marido, se registró lo siguiente:
"En el caso concreto, se entiende que el marido contrajo matrimonio para tener una unión feliz y que el matrimonio terminó debido a la culpa exclusiva de la esposa. Por esta razón, evaluando la situación económica y social de las partes, se ha dictaminado una indemnización de 15.000 liras por daños materiales a favor del marido. Al evaluar los actos que dieron lugar al divorcio, dado que el comportamiento de la mujer constituye un ataque a los derechos personales del marido, y considerando la naturaleza y el grado de injusticia de los actos, se ha dictaminado una indemnización de 5.000 liras por daños morales."
La 2.ª Sala de Derecho Civil del Tribunal de Casación realizó la revisión de la apelación de la sentencia, que ya había sido considerada conforme a derecho por el tribunal de apelaciones. La sala confirmó la decisión del 7.º Tribunal de Familia de Ankara.
Fuente de la noticia: AA
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