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Publicado en el Boletín Oficial: ¡El Ministerio toma cartas en el asunto de las aceras! ¿Cuál será el ancho de las aceras?

El Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático ha establecido las normas para el diseño y la construcción de calles, avenidas, jardines públicos, parques y senderos en áreas recreativas, que son los espacios donde los peatones circulan al aire libre.

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Publicado en el Boletín Oficial: ¡El Ministerio toma cartas en el asunto de las aceras! ¿Cuál será el ancho de las aceras?

Según el comunicado del Ministerio, el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático ha completado el trabajo legislativo destinado a mejorar la calidad del diseño de las vías peatonales, aceras y senderos.

En este contexto, el "Reglamento sobre las Normas de Diseño de Vías Peatonales y Aceras" ha sido publicado en el Boletín Oficial.

Con el reglamento, preparado para garantizar un movimiento peatonal seguro y cómodo dentro del creciente tráfico urbano y para establecer espacios adecuados que fomenten una vida activa con el fin de prevenir problemas de salud derivados de la obesidad, se han determinado las normas para el diseño y la construcción de calles, avenidas, jardines públicos, parques y senderos en áreas recreativas, que son los espacios donde los peatones circulan al aire libre.

Gracias a esta regulación, las administraciones prepararán los proyectos antes de construir aceras y vías peatonales, evitando así aplicaciones erróneas y aumentando la calidad de la ejecución.

Con la implementación de estas normas, las áreas de movimiento peatonal serán más accesibles, y se garantizará un tránsito seguro e ininterrumpido para los peatones al eliminar obstáculos y barreras en las aceras y vías peatonales.

NO SE DEJARÁN CABLES ELÉCTRICOS EXPUESTOS SOBRE LAS ACERAS

No deberá haber obstáculos de ningún tipo en las áreas de tránsito hasta una altura de al menos 2 metros y 20 centímetros. Los pasos de peatones y las zonas bajo escaleras que queden por debajo de esta altura se cerrarán mediante métodos adecuados.

No se permitirán baches ni obstáculos que representen un peligro para las personas en las vías peatonales; se tomarán medidas como barandillas para las áreas con riesgo de caída, y los cables eléctricos no se dejarán expuestos sobre la acera. Se cumplirán las normas especificadas en el reglamento para la iluminación de las vías peatonales y aceras.

En el marco del reglamento, en caso de que se realicen obras de construcción junto a la acera, se tomarán medidas que no pongan en peligro a los peatones. Si se realizan actividades de construcción a menos de 1,5 metros de la acera y a más de 2,5 metros de altura, se instalará un paso protegido sobre la acera.

Para evitar el estacionamiento de vehículos en las áreas de movimiento peatonal, uno de los mayores problemas para los peatones, la administración correspondiente colocará barreras protectoras.

LA ALTURA DE LAS ACERAS NO SUPERARÁ LOS 15 CENTÍMETROS

Según el reglamento, que determina las características físicas de las aceras, la altura de estas no superará en ningún caso los 15 centímetros.

El ancho de las aceras se determinará teniendo en cuenta el propósito de uso de la zona y el ancho de la vía en el plan de ordenamiento urbano.

Las aceras se evaluarán en 3 secciones distintas: la "franja de seguridad peatonal", que separa la calzada del área de movimiento peatonal; el "área neta de tránsito de la acera", que permite un transporte ininterrumpido y seguro para los peatones sin obstáculos verticales u horizontales; y la "franja de impacto de propiedad", que conecta las propiedades con las aceras.

En la franja de seguridad peatonal se podrá realizar plantaciones, y se colocarán elementos de mobiliario urbano como papeleras, postes eléctricos, señales y paneles.

Incluso en la calle más estrecha, el ancho mínimo del área neta de tránsito no será inferior a 1,5 metros, y el ancho total de la acera se aplicará con un mínimo de 2 metros y 25 centímetros.

Los senderos secundarios en jardines públicos, parques y áreas recreativas no podrán construirse con un ancho inferior a 1 metro y 20 centímetros.

TAMBIÉN SE HA TENIDO EN CUENTA A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

En las áreas de movimiento peatonal, se generalizarán las rampas de acera y las aplicaciones de superficies táctiles para facilitar el acceso a personas con discapacidad, y se utilizarán equipos de señalización auxiliares.

Se utilizarán materiales antideslizantes en las aceras y vías peatonales. Su mantenimiento y reparación serán realizados por los municipios.

Para reducir la contaminación por gases de escape y ruido en las ciudades, se establecerán corredores peatonales verdes con árboles ininterrumpidos a lo largo de las aceras y vías peatonales, que actuarán tanto como barreras como sumideros de carbono, proporcionando un efecto microclimático para equilibrar el aumento de temperatura causado por los edificios y el tráfico vehicular, mejorando así el paisaje urbano.

MEDIDAS PARA FACILITAR EL DRENAJE DE AGUAS PLUVIALES

Se aplicarán medidas para facilitar el drenaje de aguas pluviales contra el riesgo de inundaciones.

Entre las innovaciones introducidas por el reglamento se encuentra la creación de jardines de lluvia en la franja de seguridad de las aceras para permitir que el agua de lluvia se filtre al suelo.

El reglamento se aplicará a las nuevas aceras y senderos que se construyan o renueven a partir del 1 de julio de 2024 en lugares con planes de ordenamiento urbano.


Fuente de la noticia: AA

acera Ministerio de Medio Ambiente, Urbanización y Cambio Climático