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ÚLTIMA HORA... Aprobada en el Parlamento la ley de 'Superpermiso': ¡Los olivares se abren a la minería!

La ley, conocida popularmente como "Superpermiso" y que ha generado debate sobre las sensibilidades ambientales, fue aprobada en la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM). Se ha abierto el camino para que los olivares, las áreas de protección especial y las zonas arqueológicas sean objeto de actividades mineras. Se han introducido cambios importantes relacionados con los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), la regulación de licencias, los permisos forestales y las obligaciones de rehabilitación.

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ÚLTIMA HORA... Aprobada en el Parlamento la ley de 'Superpermiso': ¡Los olivares se abren a la minería!

El Proyecto de Ley sobre la Modificación de Algunas Leyes, aprobado en la Asamblea General de la TBMM, prevé cambios radicales en el derecho ambiental y las prácticas mineras. La ley hace que muchas regiones con estatus de protección, desde olivares hasta zonas arqueológicas, sean accesibles para actividades mineras. Una de las regulaciones más debatidas ha sido la eliminación de la decisión de "No se requiere Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)".

EL PROCESO DE EIA HA SIDO REORGANIZADO

Con la ley, se modificó el artículo sobre la EIA en la Ley de Medio Ambiente. Se eliminó la decisión de "No se requiere EIA"; solo se podrán autorizar proyectos que hayan obtenido una decisión de "EIA Favorable". Sin embargo, esta situación no impedirá la solicitud de licencias o incentivos. Con esta regulación, se pretende evitar los malentendidos causados por la decisión de "No se requiere EIA".

CAMBIOS EN LAS DEFINICIONES Y TARIFAS DE LA LEY DE MINERÍA

La definición de tarifa de licencia ha sido reformulada eliminando la garantía de cumplimiento ambiental. La tarifa de rehabilitación se regulará ahora por separado de la tarifa de licencia.

La nueva definición se calculará anualmente según parámetros como la tarifa base y la duración de la licencia, y se transferirá a diferentes partidas presupuestarias en las licencias de prospección y explotación. Además, se han añadido a la ley nuevas definiciones como "Consejo", "Rehabilitación" y "Oficina de Recaudación".

LA ERA DEL 'SUPERPODER' EN LOS PLAZOS DE PERMISOS

Según la regulación, el proceso de permisos se acelerará en áreas sensibles como zonas de protección ambiental especial, parques nacionales, humedales, bosques, áreas turísticas y zonas arqueológicas.

La Dirección General de Asuntos Mineros y Petroleros (MAPEG) solicitará la opinión de las instituciones pertinentes. Si no se recibe respuesta en un plazo de 3 meses, se concederá un mes adicional; si al finalizar este periodo tampoco llega una respuesta, se considerará que el permiso ha sido concedido.

En las zonas forestales, a petición de la MAPEG, se concederá un permiso gratuito por 24 meses en un plazo de 3 meses. Este periodo podrá prorrogarse 12 meses si se solicita.

LA MINERÍA CONTINUARÁ INCLUSO SI CAMBIA EL ÁREA DE LA LICENCIA

Aunque la zona quede sujeta a permisos después de que se haya emitido la licencia, las actividades no se detendrán. Sin embargo, si se detectan bienes culturales en el área de la licencia, se requerirá la aprobación del Ministerio de Cultura y Turismo. Si no se otorga una opinión favorable, se indemnizará al inversor por los gastos realizados hasta ese momento.

EL SILENCIO DE LA INSTITUCIÓN QUE NO EMITE OPINIÓN SOBRE LA EIA SE CONSIDERARÁ POSITIVO

En el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, será obligatorio que las instituciones emitan su opinión en un plazo de 3 meses. Se concederá un mes a la institución que solicite una prórroga con justificación. La opinión de la institución que no se pronuncie en el plazo indicado se considerará positiva.

Además, las instituciones que hayan dado su permiso anteriormente no podrán emitir una opinión negativa posteriormente durante el proceso de EIA. En los proyectos con decisión de EIA favorable, será obligatorio completar todos los trámites en un plazo máximo de un mes.

La ley también redefine los conceptos de minerales "estratégicos" y "críticos". La concesión de licencias para minerales considerados críticos para la seguridad nacional y el bienestar económico se realizará en el marco del principio de interés público superior.

El Consejo, creado a petición del Ministerio de Energía y Recursos Naturales, podrá permitir la concesión de permisos en estas áreas.

Si fuera necesario, también se podrá realizar una expropiación urgente.

LA TARIFA DE REHABILITACIÓN SERÁ OBLIGATORIA

Con la nueva regulación, la tarifa de rehabilitación se pagará por separado de la tarifa de licencia y en cantidades iguales. Estos fondos devengarán intereses en una cuenta a plazo y solo podrán utilizarse para la rehabilitación.

Estos recursos no podrán ser embargados, transferidos ni pignorados. A las empresas que hayan finalizado su obligación de rehabilitación se les devolverá el importe no utilizado.

Las tarifas no pagadas en caso de cancelación de la licencia se seguirán bajo el Procedimiento de Recaudación de Créditos Públicos.

LA OBLIGACIÓN DE REHABILITACIÓN TAMBIÉN LLEGA A LAS ÁREAS PÚBLICAS

Las áreas de materias primas que no pertenecen al Estado también estarán sujetas a la obligación de rehabilitación, al igual que las áreas con licencia privada. La rehabilitación en las áreas operadas por instituciones públicas se cubrirá con el presupuesto de la institución.

La institución pública pertinente podrá transferir la rehabilitación al Ministerio de Agricultura y Bosques. Si las deficiencias de rehabilitación no se subsanan en un mes, se detendrán las actividades.

¿QUÉ TRAE Y QUÉ QUITA LA LEY?

La ley de "Superpermiso" tiene como objetivo acelerar los procesos de inversión simplificando la burocracia en la evaluación de los impactos ambientales. Sin embargo, aumentan las críticas de que la prioridad de protección ambiental se está dejando de lado en favor de la conveniencia administrativa.


Fuente de la noticia: 12punto

olivar