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Comentario de 10 puntos del Prof. Sözüer sobre el caso del congreso: 'Intento de cierre de facto'

El Prof. Dr. Adem Sözüer calificó el caso judicial abierto contra el CHP por su congreso como un "intento de cierre de facto". En su declaración de 10 puntos, subrayó que este tipo de procesos generan graves perjuicios tanto para los partidos como para la sociedad.

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Comentario de 10 puntos del Prof. Sözüer sobre el caso del congreso: 'Intento de cierre de facto'

Las discusiones que comenzaron en el CHP tras el 38.º Congreso Ordinario celebrado el 4 y 5 de noviembre de 2023 han pasado a una nueva etapa con la demanda presentada por delegados opositores que solicitan un congreso extraordinario.

Comentario de 10 puntos del Prof. Sözüer sobre el caso del congreso: 'Intento de cierre de facto'

La tercera audiencia del caso abierto para la anulación del 38.º Congreso Ordinario del CHP, en el que la presidencia del partido pasó de Kemal Kılıçdaroğlu a Özgür Özel, se llevó a cabo hoy en el 42.º Tribunal Civil de Primera Instancia de Ankara, en el Palacio de Justicia de Dışkapı. Se dictó una decisión de aplazamiento respecto al caso del congreso.

El Prof. Dr. Adem Sözüer, en una declaración de 10 puntos realizada a través de redes sociales sobre los eventos citados como causa del caso del congreso, expresó: "Incluso si se asumiera como cierto que se proporcionaron beneficios a los delegados, esto no constituye un fraude ni el delito de cohecho según el Código Penal Turco (TCK). Incluso si las acusaciones de beneficios y presiones fueran ciertas, no se puede nombrar un administrador judicial para el partido".

Comentario de 10 puntos del Prof. Sözüer sobre el caso del congreso: 'Intento de cierre de facto'

La publicación en redes sociales de Adem Sözüer es la siguiente:

"Diez razones sobre el intento de 'cierre de facto' contra el principal partido de la oposición:

1) Los casos penales y civiles relacionados con el Congreso del CHP no pueden evaluarse en el contexto del derecho positivo.

2) Los entornos donde no se aplican las decisiones del Tribunal Constitucional (AYM) o del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), donde se encarcela a políticos y periodistas opositores y se nombran administradores judiciales en los municipios, están despojados de derecho; las normas jurídicas están suspendidas.

3) En los países con tales entornos, la Constitución y las leyes parecen estar vigentes, pero aprovechando la falta de eficacia de la separación de poderes, se utilizan los poderes sistemáticamente fuera de su propósito para abrir 'juicios aparentes' (Schauprozess). De esta manera, se llevan a cabo purgas políticas, de las cuales hay muchos ejemplos en la historia.

4) En entornos despojados de derecho, se busca arrastrar a los partidos políticos de la oposición a conflictos internos, discusiones e incertidumbres mediante el abuso de poderes públicos y 'maniobras organizadas'. Así, los partidos que ejercen una oposición efectiva se transforman en un partido de oposición 'al estilo turco' al servicio del poder."

Comentario de 10 puntos del Prof. Sözüer sobre el caso del congreso: 'Intento de cierre de facto'

5) Esto es el cierre de un partido no mediante una decisión del Tribunal Constitucional, es decir, no de forma jurídica, sino de facto. Por ejemplo, el HDP parece ser un partido abierto sobre el papel, pero su eficacia ha sido terminada de facto mediante las mencionadas 'maniobras organizadas' y el partido ha sido cerrado de facto. Esta es también la razón de la fundación del DEM.

6) El cierre de facto es incluso más negativo que el cierre de partidos y el nombramiento de administradores judiciales realizados durante los períodos de golpe de Estado. Porque un golpe de Estado ya es un régimen fáctico, no jurídico.

7) Las elecciones en los congresos de los partidos políticos se llevan a cabo bajo la gestión y supervisión de las juntas electorales y jueces. Las decisiones tomadas tras las objeciones presentadas ante las juntas electorales de distrito y provinciales, así como ante el Consejo Supremo Electoral (YSK), son definitivas.

Los resultados que no llegaron a las juntas porque no se presentaron objeciones también son definitivos. Un tribunal civil de primera instancia no puede ignorar estas decisiones o resultados de carácter definitivo y cambiar la dirección del partido.

Comentario de 10 puntos del Prof. Sözüer sobre el caso del congreso: 'Intento de cierre de facto'

8) Incluso si se asumiera como cierto que se proporcionaron beneficios a los delegados, esto no constituye un fraude ni el delito de cohecho según el Código Penal Turco (TCK). Incluso si las acusaciones de beneficios y presiones fueran ciertas, no se puede nombrar un administrador judicial para el partido.

No se pueden tomar decisiones como ignorar la elección del congreso o nombrar un administrador judicial el 30 de junio.

10) Dado que se ha abierto un caso penal sobre el tema, aunque sea forzado, es probable que se tome una decisión de cuestión prejudicial para esperar el resultado de dicho caso.

Existen muchos otros argumentos jurídicos. Sin embargo, en entornos despojados de derecho, estos no son efectivos. El 30 de junio veremos hasta qué punto puede llegar el despojo de derecho.

10) La neutralización de los partidos mediante métodos extralegales es, en esencia, un delito. Las víctimas de estos delitos no son solo los miembros de ese partido, sino toda la sociedad. El autor es quien crea el entorno despojado de derecho. Dado que el intento de cierre de facto es una coacción fáctica, su solución es una acción 'jurídica'."


Fuente de la noticia : 12punto

CHP 38.º Congreso Ordinario del CHP