Se publica la justificación de la sentencia contra Fatih Altaylı: 'Orden de asesinato y magnicidio'
Se ha completado la sentencia motivada de la condena de 4 años y 2 meses de prisión impuesta al periodista Fatih Altaylı. El 26º Tribunal Penal Superior de Estambul declaró haber llegado a la conclusión de que las palabras pronunciadas por Altaylı en su canal de YouTube contenían amenazas dirigidas al presidente Recep Tayyip Erdoğan.
El 26º Tribunal Penal Superior de Estambul compartió con el público la sentencia motivada relativa a la pena de 4 años y 2 meses de prisión impuesta anteriormente al periodista Fatih Altaylı. En la resolución, se evaluó detalladamente el contenido de las expresiones utilizadas por Altaylı en el programa de su canal de YouTube.
En la sentencia motivada, se señaló que, con las palabras pronunciadas durante el programa, Altaylı "lanzó una amenaza en el sentido de que el querellante, el presidente Recep Tayyip Erdoğan, podría ser víctima de un magnicidio o ser asesinado".
El tribunal subrayó que se examinaron conjuntamente las preguntas formuladas y las respuestas dadas en el programa, que el discurso apuntaba directamente al presidente y presidente del AKP, Recep Tayyip Erdoğan, y que no se hacía mención a una tercera persona.
En la resolución se llamó la atención sobre el hecho de que dicho contenido se publicó a través de YouTube, una plataforma internacional. El tribunal indicó que el canal de Altaylı cuenta con más de un millón de suscriptores y que el video fue visto cientos de miles de veces.
En la sentencia motivada se incluyó la siguiente declaración:
“Se ha probado que el acusado tenía la intención de transmitir dicho discurso de amenaza”.
El tribunal señaló que las palabras de Altaylı no pueden considerarse dentro del ámbito de la libertad de prensa y de expresión. En la justificación se incluyó la siguiente evaluación:
“Considerando las dimensiones del impacto que la prensa genera en su interlocutor al ejercer la libertad de expresión, se ha otorgado un privilegio de servicio público al trabajo realizado; la fiabilidad conferida junto con este privilegio conlleva que la responsabilidad derivada del trabajo realizado sea también grande”.
Además, haciendo referencia al artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, se recordó que la libertad de expresión no es un derecho absoluto y que puede estar sujeta a limitaciones legales en determinadas situaciones.
En la sentencia motivada, se dictaminó la continuación de la detención de Fatih Altaylı. El tribunal citó como justificación de esta decisión la cuantía de la pena impuesta y el riesgo de fuga.
En la resolución figuraban las siguientes declaraciones:
“Considerando la cuantía de la pena impuesta al acusado, debido a la existencia de riesgo de fuga, las disposiciones de control judicial resultarían insuficientes y, por tanto, la medida de detención sería proporcionada…”
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