Nueva declaración de Yılmaz Tunç: 'Hay una falta de información'
El ministro de Justicia, Yılmaz Tunç, señaló que la pena impuesta en 2004 a Selçuk Tengioğlu, quien agredió a Özgür Özel, fue ejecutada bajo la antigua legislación. Tunç subrayó que, si hubiera cometido el mismo delito hoy, habría permanecido en prisión al menos 36 años.
El ministro de Justicia, Yılmaz Tunç, hizo una declaración sobre el individuo llamado Selçuk Tengioğlu, quien agredió con un puñetazo al presidente del CHP, Özgür Özel.
La declaración del ministro Tunç es la siguiente:
"En relación con la agresión física perpetrada contra el presidente del CHP, el Sr. Özgür Özel, la Fiscalía General de la República de Estambul ha iniciado inmediatamente una investigación judicial y el sospechoso que llevó a cabo el ataque ha sido detenido. La investigación continúa de manera meticulosa y multidimensional. Se ha determinado que dicha persona fue condenada en 2004 por el 1.er Tribunal Penal Superior de İskenderun a dos penas de cadena perpetua y penas de prisión de duración determinada por los delitos de homicidio intencional de dos de sus hijos y lesiones intencionales a otros dos hijos.
En el marco de las disposiciones del Código Penal turco número 765 y la Ley de Ejecución Penal número 647, vigentes en la fecha en que se cometió el delito, el individuo en cuestión fue puesto en libertad condicional en 2020 tras permanecer 16 años en una institución penitenciaria. Con las reformas radicales realizadas en 2005 durante los gobiernos del Partido AK, el Código Penal turco y la Ley de Ejecución Penal fueron completamente modificados; tanto las penas previstas para los delitos fueron aumentadas como los periodos de ejecución fueron prolongados. Sin embargo, dado que el agresor cometió el delito antes de estos cambios, fue puesto en libertad de la prisión conforme a la antigua legislación.
Es evidente que, de acuerdo con la legislación actual, si hubiera cometido el mismo delito, en caso de recibir múltiples penas de cadena perpetua agravada y penas de prisión de duración determinada, habría permanecido al menos 36 años en una institución penitenciaria de alta seguridad según el artículo 107/3-a de la Ley de Ejecución Penal. Por lo tanto, las evaluaciones que ciertos sectores de la opinión pública intentan crear en el sentido de que 'recibió cadena perpetua y fue puesto en libertad' no reflejan la realidad y se deben a una falta de información sobre el proceso legal y de ejecución".
Fuente de la noticia: 12punto
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