Comparto un resumen de los acontecimientos destacados entre las leyes, decretos, reglamentos, circulares y demás legislación promulgada por la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM), el Presidente, los Ministerios y las personas jurídicas públicas, publicados en el Boletín Oficial entre el 28 de octubre y el 3 de noviembre.
Se ha publicado la Ley sobre la Modificación de la Ley de Protección al Consumidor y Otras Leyes. Se ha validado la celebración a distancia de los contratos de crédito al consumo y de financiación de la vivienda. La venta directa ha sido regulada detalladamente, pero estas disposiciones entrarán en vigor el 30 de julio de 2025. Se han establecido los límites mínimos y máximos para las multas administrativas que se impondrán en caso de incumplimiento de las normas sobre publicidad comercial. La multa administrativa mínima se ha fijado en 60.000 TL y la máxima en 22.100.000 TL.
El Consejo de Publicidad podrá imponer multas de entre 60.000 TL y 22 millones de TL, y podrá aumentar la sanción hasta 10 veces en caso de reincidencia en el plazo de un año. También será posible recurrir a la vía de conciliación con el Ministerio frente a las multas administrativas del Consejo de Publicidad. Asimismo, se ha modificado la Ley sobre la Regulación del Comercio Electrónico para aumentar la competitividad de los mercados nacionales frente a los de origen extranjero, y se ha ajustado el cálculo de las tasas de licencia con el fin de incrementar los niveles de empleo y las exportaciones.
El Ministerio de Comercio ha publicado el Reglamento sobre Vigilancia e Inspección de Mercado de Productos Comercializados a través de Medios de Comunicación a Distancia. Según el reglamento, las ventas realizadas a través de cualquier medio o entorno que permita la celebración de contratos sin contacto físico, como cartas, catálogos, teléfono, fax, radio, televisión, mensajes de correo electrónico, mensajes de texto e internet, están sujetas a este reglamento. Este reglamento, que entrará en vigor el 01.04.2025, otorga un periodo de adaptación de 6 meses a quienes realicen ventas en dichos entornos. A partir de ahora, los operadores económicos son responsables de que los productos comercializados o puestos a disposición en el mercado a través de medios de comunicación a distancia cumplan con las normas de seguridad y técnicas. Estos productos siguen estando sujetos a la Ley de Seguridad de los Productos y Reglamentos Técnicos y al Reglamento General de Seguridad de los Productos. En los casos en que no haya un fabricante o importador establecido en Turquía, el nombre, la razón social, la marca y la dirección completa del representante autorizado deben añadirse al producto, a su embalaje o al documento que lo acompaña. El proveedor de servicios será considerado distribuidor en los casos en que no afecte a la seguridad del producto y no se le considere fabricante, importador o representante autorizado. Si añade su propia marca y nombre al producto, realiza cambios que afecten a la conformidad del producto o lleva a cabo una operación que afecte a la seguridad del producto, será considerado fabricante. Por su parte, los proveedores de servicios intermediarios son responsables de la seguridad del producto. Estas responsabilidades incluyen garantizar que los usuarios finales tengan acceso a los puntos de contacto de seguridad del producto y eliminar el acceso al producto en caso de que se detecte un producto inseguro.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9071, se ha publicado en el Boletín Oficial la Decisión sobre la Modificación del Estatuto de la Unión de Instituciones de Pago y Dinero Electrónico de Turquía. Con esta modificación, la Asamblea General de la Unión de Instituciones de Pago y Dinero Electrónico de Turquía ha recibido la autoridad para decidir sobre la creación de empresas económicas o el cierre de las ya existentes.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9072, se ha publicado la Decisión sobre la Determinación de las Cuotas para el Cultivo de Cáñamo con Fines de Producción de Principios Activos Farmacéuticos. Según esta, la cuota total del país se limita a 120.000 plantas al año en una superficie de cultivo de 5.000 metros cuadrados, y no se exigirá el requisito de cuota para las investigaciones científicas y los estudios de I+D en universidades y organizaciones autorizadas.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9073, se ha publicado en el Boletín Oficial el Reglamento sobre la Modificación del Reglamento de Contratos y Pagos de Medicina Familiar. Con el nuevo reglamento, el seguimiento del puerperio se ha incluido entre los criterios que los médicos de familia deben seguir de cerca, al igual que el seguimiento de embarazadas, bebés y niños. Se han modificado los criterios que determinan los pagos mensuales. Se ha regulado la apertura de nuevos centros de medicina familiar. Se han realizado disposiciones para aumentar el cribado de enfermedades crónicas, garantizar el diagnóstico y tratamiento más tempranos de las enfermedades crónicas, fomentar el uso racional de los medicamentos y prevenir las visitas innecesarias a hospitales de segundo y tercer nivel. Se pretende reducir el número de pacientes por médico para realizar de forma eficaz el cribado y seguimiento de enfermedades crónicas y cánceres. Hekimsen ha presentado una demanda de anulación ante el Consejo de Estado contra 4 artículos diferentes del reglamento publicado. En la demanda presentada, además de estos 4 artículos, se solicitó al Tribunal que recurriera al Tribunal Constitucional (en el marco del control concreto de normas por vía de objeción) para la anulación de un total de 6 disposiciones contenidas en 2 leyes distintas.
El Ministerio de Juventud y Deportes ha publicado el Reglamento sobre la Modificación del Reglamento de Servicios de Alojamiento Privado para la Educación Superior. Este reglamento es crítico para la seguridad de los estudiantes, ya que abarca las instalaciones eléctricas y contra incendios, ascensores, sistemas de calefacción, y las instalaciones de agua y gas de las residencias privadas. Se requiere certificar la resistencia de los edificios de las residencias privadas frente a terremotos e incendios. Aunque el reglamento debía entrar en vigor el 01.08.2024, con esta modificación publicada en el Boletín Oficial, su aplicación se ha pospuesto hasta el 01.08.2026.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9074, se ha aprobado el Programa Anual Presidencial de 2025, de 426 páginas, preparado por el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Presidencia de Estrategia y Presupuesto. La decisión se publicó en el Boletín Oficial Extraordinario del 30 de octubre de 2024.
El Ministerio de Hacienda y Finanzas ha publicado el Comunicado n.º 52 sobre la Modificación del Comunicado General de Aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido. El límite inferior para las operaciones de devolución del IVA que se realizarán sin requerir un Informe de Inspección Fiscal, un Informe de Auditoría Independiente (YMM) o garantías se ha elevado de 10.000 TL a 50.000 TL. También se ha aclarado que las costas judiciales de los contribuyentes también deben ser cargadas a la parte que pierde el caso. En términos generales, se han creado muchas áreas en la legislación fiscal que pueden variar según evaluaciones grises y subjetivas. No es difícil para las oficinas de impuestos realizar liquidaciones con multas según el contribuyente.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9075, se ha realizado una regulación en las retenciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se han redeterminado los tipos del impuesto sobre la renta calculados sobre los intereses obtenidos de las cuentas de depósito en liras turcas y los dividendos pagados por los bancos de participación después del 01.11.2024. Para los intereses a pagar por las cuentas abiertas hasta el 31 de enero de 2025, el tipo del impuesto sobre la renta se ha fijado en el 10% para cuentas a la vista, cuentas con preaviso y cuentas a plazo de hasta 6 meses (incluidos), en el 7,5% para cuentas a plazo de 1 año, en el 5% para cuentas a plazo superior a 1 año, y en el 0% para cuentas a plazo superior a 1 año con tipos de interés variables vinculados a la tasa de inflación.
Ha entrado en vigor el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Turquía y el Consejo de Ministros de la República Kirguisa sobre el Establecimiento y Funcionamiento de Centros Culturales.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9076, se ha decidido aprobar el Acuerdo de País Anfitrión entre el Gobierno de la República de Turquía y el Fondo de Inversión Turco. Este acuerdo es importante para que el Fondo de Inversión Turco cumpla con sus responsabilidades y alcance sus objetivos. El acuerdo, que permitirá al Fondo desempeñar sus funciones, es complementario a las disposiciones del Acuerdo de Establecimiento del Fondo existente.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9077, se han fijado las fechas de entrada en vigor de los acuerdos internacionales que Turquía ha firmado con varios países. Según esto, el “Acuerdo sobre la Prevención del Tráfico Ilícito de Bienes Culturales” firmado entre Turquía y Ecuador el 26 de abril de 2022 entrará en vigor el 4 de octubre de 2024. El “Acuerdo de Cooperación en los Campos de la Salud y las Ciencias Médicas” firmado entre Turquía y la TRNC el 20 de diciembre de 2022 será válido a partir del 25 de septiembre de 2024. El “Acuerdo para Evitar la Doble Imposición” firmado entre Turquía y Argentina el 1 de diciembre de 2018 entrará en vigor el 13 de septiembre de 2024. El “Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Permisos de Conducir” realizado entre Turquía y Albania el 12 de febrero de 2020 entrará en vigor el 28 de junio de 2024. Por último, el protocolo que modifica el “Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica” firmado entre Turquía y Eslovenia el 10 de agosto de 2022 entra en vigor a partir del 16 de junio de 2023.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9079, se ha publicado la Decisión Presidencial sobre la Aplicación de una Carga Financiera Adicional a la Importación de Ciertos Productos. Según esto, se ha decidido aplicar una carga financiera adicional del 10% a diversos automóviles de pasajeros originarios de México y la República de Sudáfrica, y también a los automóviles de pasajeros convencionales, híbridos y eléctricos que se importarán a través de la UE acompañados de un Certificado de Circulación A.TR originarios de Vietnam, Japón y Canadá. La regulación entrará en vigor en 30 días.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9080, ha entrado en vigor el “Memorando de Entendimiento sobre la Cooperación en el Intercambio de Inteligencia Financiera sobre el Lavado de Dinero, Delitos Predicados Conexos y la Financiación del Terrorismo entre la Presidencia del Consejo de Investigación de Delitos Financieros (MASAK) del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la República de Turquía y el Centro de Información Financiera (FRC) de la República Federal de Somalia”.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9081, se han modificado los límites del Parque Natural de Çamlıköy en Tekirdağ.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9082, se han modificado los límites del Parque Nacional de Divriği en Sivas.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9083, se ha decidido realizar la consolidación de tierras y el desarrollo dentro de los campos en 12 aldeas ubicadas en Biga, Çanakkale.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9084, se ha decidido la expropiación urgente de ciertos bienes inmuebles en los barrios de Kale y Yemişlik de Arhavi, Artvin, para la Zona Industrial Organizada de Arhavi.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9085, se ha tomado una decisión de expropiación urgente para el proyecto de gasoducto en los distritos de Tirebolu y Görele.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9086, se ha tomado una decisión de expropiación urgente para 24 líneas de transmisión de energía que se abrirán en Ankara, Hatay, Kastamonu, Konya, Mersin, Sivas, Yozgat y Zonguldak.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9087, se ha tomado una decisión de expropiación urgente para el Proyecto de Línea de Transmisión de Energía Karatay-Hotanış perteneciente a TEDAŞ.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9088, se ha decidido la expropiación urgente de 58 parcelas en el barrio de Örentaht de Bozdoğan, Aydın, para la mina de lignito ubicada en Kavaklıdere, Muğla.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9089, se ha decidido la expropiación urgente de una parcela dentro de los límites del barrio de Tahtalı para la construcción de la estación necesaria para llevar gas natural al distrito de Güroymak, Bitlis.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9090, se ha decidido la expropiación urgente de un bien inmueble ubicado en el barrio de Odabaşı, Mamak, Ankara, para la construcción de la planta de generación de electricidad BİL-2 GES.
Mediante el Decreto Presidencial n.º 9091, se ha decidido la expropiación urgente de numerosas parcelas en las localidades de Güneyköy Nohutyeri y Cırlavuk de Gazipaşa, Antalya, para la ordenación del entorno de la Ciudad Antigua de Antiocheia Ad Cragum en el marco del Proyecto Legado del Futuro.
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