Declaraciones de Mehmet Uçum, asesor principal de Erdoğan, sobre el referéndum
Mehmet Uçum, vicepresidente del Consejo de Políticas Jurídicas de la Presidencia, respondió a quienes sostienen que el pueblo no tiene una demanda de una nueva constitución. Uçum, quien afirmó que incluso si la nueva constitución fuera aprobada en la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM) con 400 votos o más, el referéndum es obligatorio, declaró: "La primera razón es la necesidad de completar la legitimidad democrática con la aprobación del pueblo, que es la voluntad constituyente original. La segunda razón es el requisito del derecho del pueblo a supervisar si el texto legal aprobado en el Parlamento se ajusta a su visión política de la constitución. Última palabra: No puede haber una nueva constitución sin referéndum".
Mehmet Uçum, asesor principal del presidente y líder del AKP, Recep Tayyip Erdoğan, continúa con sus 'artículos dominicales' que comparte en su cuenta de X los fines de semana.
Uçum también se había opuesto recientemente a los comentarios de que "la nueva constitución se busca para la reelección de Erdoğan" y había escrito que, en caso de que se tome una decisión de elecciones anticipadas, Erdoğan podría ser candidato una vez más.
Uçum, quien nuevamente puso la nueva constitución en su agenda, reaccionó a las opiniones de que los ciudadanos no tienen una demanda de una nueva constitución con las palabras: "Es una evaluación superficial, sin correspondencia fáctica, que ignora la dinámica revolucionaria y la perspectiva de futuro de las demandas del pueblo".
Subrayando que no puede haber una nueva constitución sin un referéndum, Uçum expresó: "Incluso si la nueva constitución fuera aprobada en la TBMM con 400 votos o más, hay dos razones principales para la obligatoriedad del referéndum: La primera razón es la necesidad de completar la legitimidad democrática con la aprobación del pueblo, que es la voluntad constituyente original. La segunda razón es el requisito del derecho del pueblo a supervisar si el texto legal aprobado en el Parlamento se ajusta a su visión política de la constitución. Última palabra: No puede haber una nueva constitución sin referéndum".
El artículo completo de Uçum es el siguiente:
"En esta serie, finalmente nos centraremos en la 'afirmación de que el pueblo no tiene una agenda constitucional'. Esta afirmación, además de ser una distorsión, también señala una insuficiencia intelectual. ¡La naturaleza constitucional de las demandas del pueblo! En el funcionamiento rutinario de las democracias, el pueblo no expresa sus expectativas sobre la constitución en lenguaje jurídico. Para determinar las demandas constitucionales del pueblo, se debe observar la correspondencia jurídica de todo tipo de visiones políticas, económicas, culturales y relacionadas con la justicia en la dirección del cambio o desarrollo.
Si la ley o la legislación secundaria son insuficientes para satisfacer las expectativas del pueblo hacia algo mejor en relación con el sistema, surge la necesidad de normas constitucionales. Esto debe entenderse como la demanda constitucional del pueblo. Es decir, el deber de la política democrática es traducir el deseo del pueblo de un orden más justo y que funcione mejor, independientemente del tema, en una necesidad de cambio constitucional, en términos de demandas que no pueden ser satisfechas con normas subconstitucionales. Esta es la esencia del asunto."
¡LA RELACIÓN ENTRE LAS DEMANDAS CONCRETAS DEL PUEBLO Y LA CONSTITUCIÓN!
"Si la expectativa del pueblo sobre la solución de problemas generales y actuales requiere reglas avanzadas e instituciones mejoradas, algunas de ellas surgen como demandas constitucionales debido al nivel de la norma. Por ejemplo, la expectativa del pueblo de aplicar precios máximos cuando sea necesario en la lucha contra la carestía debe aceptarse como una demanda constitucional. Los deseos del pueblo sobre el derecho a una vida razonable y humana pueden concretarse en la inclusión de tal derecho en la constitución. Asimismo, el deseo del pueblo de que nadie pase dificultades económicas puede convertirse en garantías en la constitución, como el apoyo al sustento mínimo o el derecho a un ingreso mínimo. Los deseos del pueblo de que la voluntad del electorado sea más efectiva en los procesos de elección de diputados pueden ser una regla e institución constitucional que incluya el 'derecho de revocación'.
El deseo del pueblo de ser más activo en los procesos legislativos puede aceptarse como una demanda de derecho y autoridad para que el pueblo proponga leyes, lo cual debe estar incluido en la constitución. Se pueden dar numerosos ejemplos para cada área como estos. Como se puede ver, la opinión de que 'no hay demanda de una nueva constitución en la agenda del pueblo' es una evaluación superficial, sin correspondencia fáctica, que ignora la dinámica revolucionaria y la perspectiva de futuro de las demandas del pueblo."
¡CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y CONSTITUCIÓN JURÍDICA!
"Por lo tanto, en realidad, la nueva constitución es una necesidad fundamental creada por la visión constante y general del pueblo de algo mejor desde una perspectiva sistémica. Por esta razón, se hace una distinción entre constitución política y constitución jurídica. La constitución política es la constitución revelada por la visión del pueblo sobre el sistema y el orden, y por sus demandas y necesidades hacia algo mejor.
Es posible ver los elementos de la constitución política más claramente en los programas de aquellos que hacen 'política de demanda' desde los partidos políticos, que son los representantes democráticos y legítimos del pueblo. Si la traducción jurídica de la constitución política presentada por el pueblo se realiza y se acepta como una ley integral en el Parlamento, compuesto por los representantes del pueblo, y entra en vigor con la aprobación del pueblo, entonces legalmente se trata de una nueva constitución."
¡LA RELACIÓN ENTRE LA AGENDA DE NUEVA CONSTITUCIÓN DEL PUEBLO Y EL REFERÉNDUM!
"En un orden democrático, mientras el pueblo siempre quiera algo mejor en relación con el sistema, lo cual ha sido así hasta ahora, la nueva constitución siempre será la agenda ordinaria y dinámica del pueblo. Por esta razón, el Parlamento, que es la voluntad constituyente representativa, debe hacer la nueva constitución teniendo en cuenta la agenda constitucional permanente del pueblo y la necesidad de obtener la aprobación del pueblo, que es la voluntad constituyente original. Porque el pueblo solo muestra la armonía entre la constitución que imagina y la nueva constitución aceptada por el Parlamento a través de la aprobación que dará.
Incluso si la nueva constitución fuera aprobada en la TBMM con 400 votos o más, hay dos razones principales para la obligatoriedad del referéndum:
La primera razón es la necesidad de completar la legitimidad democrática con la aprobación del pueblo, que es la voluntad constituyente original.
La segunda razón es el requisito del derecho del pueblo a supervisar si el texto legal aprobado en el Parlamento se ajusta a su visión política de la constitución.
Última palabra: No puede haber una nueva constitución sin referéndum."
??ARTÍCULO DOMINICAL
— Mehmet Uçum (@mehmetucum) 20 de julio de 2025
ESFUERZOS PARA DISTORSIONAR LA AGENDA DE LA NUEVA CONSTITUCIÓN (4)
En esta serie, finalmente nos centraremos en la “afirmación de que el pueblo no tiene una agenda constitucional”. Esta afirmación, además de ser una distorsión, también señala una insuficiencia intelectual.
¡La naturaleza constitucional de las demandas del pueblo!
El funcionamiento rutinario de las democracias…
Fuente de la noticia: 12punto
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