Aprobado por el Parlamento: Amplios poderes para el Presidente en materia de impuestos especiales (ÖTV) e IVA
La "Propuesta de Ley sobre la Modificación de la Ley de Protección del Valor de la Moneda Turca y Otras Leyes" fue aprobada en la Asamblea General de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM). Con la nueva normativa, se otorga al Presidente la facultad de aumentar o reducir a cero las bases imponibles del impuesto especial sobre el consumo (ÖTV).
La Gran Asamblea Nacional de Turquía ha aprobado y convertido en ley la “Propuesta de Ley sobre la Modificación de la Ley de Protección del Valor de la Moneda Turca y Otras Leyes”. La ley contiene amplios poderes y regulaciones destinados a proteger el valor de la lira turca.
Según la normativa aprobada, se otorga al Presidente la facultad de tomar decisiones sobre limitaciones o regulaciones relacionadas con operaciones de cambio, comercio de metales y piedras preciosas, importación y exportación de productos manufacturados a partir de estos, así como instrumentos comerciales y medios de pago.
En el marco de la ley, se prevén sanciones severas para quienes operen sin autorización en áreas que requieran un permiso de actividad o certificado de autorización. Aquellos que realicen tales actividades no autorizadas serán sancionados con multas de entre 50.000 TL y 250.000 TL, y todas las actividades comerciales del establecimiento en cuestión serán suspendidas por un período de un mes. Además, en caso de reincidencia dentro de un plazo de 5 años, la sanción se aplicará directamente en su límite máximo.
Uno de los artículos más destacados de la ley es la regulación relativa al Impuesto Especial sobre el Consumo (ÖTV). A partir de ahora, el Presidente podrá aumentar hasta el triple o reducir a cero los límites inferior y superior de las bases imponibles del ÖTV para los bienes incluidos en la lista II de la Ley. Esta regulación también permite determinar diferentes tipos impositivos para vehículos de motor como automóviles de pasajeros, familiares (station wagon) y coches de carreras, en función de su cilindrada, autonomía y capacidad de batería.
Asimismo, los vehículos que el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio del Interior, la Presidencia de la Industria de Defensa y la Presidencia de la Organización Nacional de Inteligencia adquieran exclusivamente para fines de defensa y seguridad interna han sido incluidos en el ámbito de la exención del IVA. Los vehículos comerciales ligeros que no cuenten con producción nacional también serán evaluados bajo esta disposición.
Con la nueva ley, los poderes otorgados a la Presidencia tanto para el control del mercado interno como para la gestión flexible de las políticas fiscales han aumentado de manera notable.
Fuente de la noticia: 12punto
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